El contrato mercantil puede ser rescindido por cualquiera de las partes con la única obligación de dar aviso de manera formal a la rescisión con un mes de antelación, no incluyendo cláusula alguna de penalización.

Los clientes no se verán sujetos a indemnización alguna por despido de trabajadores que será siempre por nuestra cuenta en caso de rescisión de contrato.

Siempre que sea por causa objetiva y justificada, se nos podrá solicitar la sustitución de un trabajador por otro al no cumplir las expectativas del cliente sin coste para el mismo.

Nuestras acciones estarán siempre sujetas a la legalidad vigente y los trabajadores estarán dados de alta en Seguridad Social por el total de horas que presten sus servicios.

Sólo se facturarán mensualmente las horas efectivas de trabajo realizadas ese mes.

Será nuestra responsabilidad cualquier perjuicio o daño material que nuestro personal pueda causar en las instalaciones del cliente en el ejercicio de sus funciones. Para ello Mantenemos un seguro de responsabilidad civil con garantías de explotación, patronal y producto postrabajo.

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